A- de 1997
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Hotel Casablanca Caseca S.A. Y Otros (Luis C. Gaitan)·Demandado Alcalde Municipal De Cucuta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Falta de notificación decisión de tutela a Sayco Acimpro
- Persona con interés legítimo
- Falta de notificación decisión de tutela a persona con interés legítimo
- Sentido formal y material
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo la Corte de efectuar la revisión de fondo del fallo proferido por el Tribunal en el asunto de la referencia toda vez que se omitió la notificación a una de las partes intervinientes, por lo anterior, se ordenó realizar el trámite correspondiente, por lo cual se devolvió el expediente al Tribunal para el cumplimiento de lo expuesto.
Posteriormente, luego de surtidas las instancias la Corte Constitucional realizará la eventual revisión del fallo o los fallos respectivos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de efectuar la revision de fondo del fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, en el asunto de la referencia.
- Segundo. En los terminos de la parte motiva de este proveido, ordenase al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta que proceda a notificar el fallo de tutela al representante legal de la organizacion SAYCO -ACIMPRO.
- Decretase la nulidad de todas las actuaciones surtidas despues de la sentencia de primera instancia en cuanto ellas dependan del fallo del tutela mencionado.
- Tercero. Por Secretaria General procedase a devolver el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, para el cumplimiento de lo ordenado en el ordinal anterior.
- Cuarto. Cumplido lo ordenado en esta providencia, debera enviarse el expediente a la Corte Constitucional para la eventual revision del fallo o los fallos respectivos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.